jueves, 30 de marzo de 2017

Con estos testimonios, queda en evidencia Posición Dominante de Enex, Shell de Luksic y su socio Copec, de Angelini, en juicio civil C-2342-2016








AUDIENCIAS TESTIMONIALES 9 Juzgado Civil de Santiago, Surenergy Ltda. con Empresa Enex S.A, ROL C-2342-2016. Audiencia testimonial de la parte demandada

A.- ) Comparecen 5 altos ejecutivos presentados por la demandada Enex S.A, observamos lo siguiente:
i.-)César Alfredo Larrondo Rojas , Rut.10.263.787-9, Ingeniero Comercial, domiciliado en Camino de la Brisa N°14.199, comuna Lo Barnechea, Santiago. Jefe de Crédito de Empresa Enex S.A , desde agosto 2014. - PUNTO CUATRO, final del primer párrafo, señala: “El cliente (Surenergy), cada vez que vencía una de las tantas boletas que nos había entregado como garantía, antes del vencimiento del documento, nos entregaba un nuevo documento que nos permitía cambiarlo por el que ya había vencido”. En el intertanto, nosotros como compañía Enex, seguimos esperando que nos llegara la renovación de este documento, situación que nunca ocurrió y esto derivó en que el Banco después de 30 días canceló los fondos de la boleta” .-(énfasis agregado).- Acompañamos para refutar lo anterior y que el testigo miente, o sea que aún reemplazando con anterioridad al vencimiento, Enex igual envió a cobro boletas de garantía, causando grandes perjuicios al prestigio y buena reputación, entorpeciendo normal trabajo de la denunciante con la banca.- Cómo, las denunciantes, iban a renovar boletas si no existía deuda alguna y como consta en certificaciones notariales acompañadas en denuncia , las cuentas tenían deuda ficticia ilegalmente adjudicada a mis representadas y pedidos retenidos sin despachar, Enex negaba la venta en forma arbitraria y consciente.. César Alfredo Larrondo Rojas, en su calidad de Jefe de Crédito, lo menos que la diligencia debida le impone, es conocer los estados de cuenta, antes de tomar una decisión de tal envergadura, enviar a cobro boletas de garantía y bloquear cuentas, para no suministrar producto. - PUNTO CUATRO, segundo párrafo, señala : “Esta boleta Surenergy no envió la renovación respectiva, tal como lo había efectuado durante años en numerosas oportunidades, lo que generó que la compañía Enex, para no perder el título de garantía que generaba esta boleta, ingresó el documento a cobro al Banco emisor”.-(énfasis agregado).- Esta Boleta de Garantía, era 3.800 uf, con vencimiento al 11 de enero de 2016. Ya se había cancelado el total de cuotas de los pagarés correspondientes al Acuerdo de Pago, pactado y firmado ante notario , acompañado en denuncia, donde en número 4 : señala : “ Las partes comparecientes a este acuerdo declaran expresamente que no existe ninguna otra deuda por ninguna causa, origen o motivo , de parte de las empresas deudoras para con la empresa acreedora otorgando , en consecuencia , ésta última,  total finiquito al efecto respecto de las empresas deudoras”.- ( énfasis agregado).- Por lo tanto, queda en evidencia, que la intención no fue otra que causar daño efectivo, aún sin existir deuda por ninguna causa, origen o motivo, sólo para no perder el título ejecutivo, envían a cobro Boleta de Garantía. Además, como consta en certificaciones notariales, acompañadas en denuncia, nuestros pedidos y cuentas, contenían deudas ilegalmente existentes y pedidos retenidos, demuestra no existía la más mínima intención de suministrarnos combustibles. Aún después de novadas y canceladas las facturas (número 3 Acuerdo de Pago), después de canceladas cada una de las cuotas de los pagarés no existe ninguna otra deuda, por ninguna causa, origen o motivo, que se terminó de pagar con fecha 06 de enero de 2016; el día 11 de enero Enex persevera en su abuso y envía boleta de 3.800 uf a cobro.-

ii.-) ENRIQUE ANDRÉS SWETT HORMAZÁBAL,  Rut. 10.282.101-7, Ingeniero Civil Industrial, domiciliado en San Sebastián N°2967, dpto. 305, Comuna de Santiago

-PUNTO DOS, Segundo párrafo de su declaración, señala: “Planta Pureo es una instalación de propiedad de las tres principales empresas distribuidoras de combustible, que son Copec, Enex y Petrobras, y comenzó a operar el año 2011. Esta Planta, así como el resto de las plantas de operación conjunta, tiene restricciones para el ingreso y carga de clientes particulares, lo cual es conocido en la industria. Incluso la resolución de calificación ambiental de planta Pureo da cuenta de esto, al especificar que son camiones de las tres compañías los que cargarán en esta instalación”.-

Al respecto, las denunciantes indican que Conama con Resolución Exenta 679 de 02 de febrero de 2009, aprueba Planta Pureo; por lo cual al 2011 cuando se firma contrato y de forma inmediata, impiden ingreso a la mencionada instalación, existía el pleno conocimiento y certeza del perjuicio que iban a causar, con DOS años de anticipación.
Por otra parte, son las propias compañías que elaboran y presentan los documentos para calificación ambiental, por lo tanto, es un acto voluntario y en que concurre el acuerdo explícito de no permitir el ingreso de camiones de terceros, imponer barreras al mercado y coludirse con tal fuerza, que “toda la industria está en conocimiento”.

En la contestación a la demanda en noveno juzgado civil causa rol C-2342-2016, contestación a la demanda, a fs.16 expresa: señalan que” En primer lugar, es necesario señalar que independiente de la literalidad del Contrato de Suministro, Surenergy siempre estuvo en conocimiento de que sus camiones no podían acceder a la Planta Pureo, ya que esta es una Planta administrada por Copec y no por Enex”.(enfásis agregado), ahora el testigo dice que es Conama.

O sea ellos son esencialmente irresponsables de sus actos.
Un ejecutivo con 10 años de antigüedad en la empresa, indica que existen efectivamente restricciones a la libre competencia en las plantas de propiedad compartida.

¿Por qué, entonces Enex , comprometió una “sinergía” ante el Tribunal de Libre Competencia y Excelentísima Corte Suprema, que en los hechos no existía y lo sabían?

-PUNTO TRES, señala: “Respecto a esto, lo que puedo decir es que hay alternativas a las Plantas Coronel y Pureo. Las alternativas que ofrece Enex son planta Linares, Lautaro y la posibilidad de cargar en el patio de carga de refinería ENAP Bío-Bío. Esta última está ubicada en San Vicente, que está distante alrededor de 40 kms. de Coronel. Además, como están construidos los precios Enap, que son referencia en la industria, estos últimos simulan una paridad que hace competitivos cada uno de sus puntos de entrega. Dando cuenta de estas alternativas, no veo evidente que se generen perjuicios.”
Este ejecutivo, de más de 10 años de experiencia en área operaciones en empresa denunciada, NO indica que la mesa de carga de Enap Bío-Bío, sólo posee la posibilidad de carga de petróleo Diésel.
Lo que genera un claro perjuicio, al eliminar el abastecimiento de gasolinas en la zona de Concepción.

iii.-)SEBASTIAN SILVA CHAUX, Rut. 6.385.308-9, abogado, domiciliado en Camino de las Ermitas N° 3824, comuna de lo Barnechea, Santiago. Abogado Interno, ENEX.

Quién redactó contratos de suministro y acuerdo de pago, como señala en autos de noveno juzgado civil, causa Rol C-2342-2016, ex Jefe Departamento Legal Terpel, actual abogado interno de Enex.

-PUNTO DOS, último párrafo, señala: ”En el caso de la Planta Pureo Puerto Montt, si bien estaba estipulada como un punto más de posible abastecimiento, en los hechos, no pudo operar por una restricción a la entrada de camiones distintos a los comuneros u operadores de dicha planta, situación que era conocida en toda la industria”(énfasis agregado)

Una vez más, queda en claro que impidieron el ingreso a planta Pureo, que existe un "acuerdo expreso" de impedir el ingreso de terceros, hay una evidente "barrera de entrada" al mercado en la zona de Puerto Montt y para ellos está bien, porque todos lo saben.

Las denunciantes no lo sabían y confiando en que los contratos se cumplen, procedieron a la firma del mismo.

-Repregunta

Si bien la situación de la planta Pureo, era conocida de Surenergy, desde el inicio del contrato y durante los primeros cuatro años de vigencia del contrato, jamás levantó el punto ni hizo reclamo alguno respecto de la imposibilidad de ingresar a la planta Pureo. Recién en su demanda presentada a principios de 2016, nos enteramos por primera vez de su reclamo respecto de este tema.”

Al respecto, indicamos que si lo hubiésemos conocido, no firmamos nuevo contrato, a mayor plazo y con aumento de volúmenes comprometidos, al doble.

Para demostrar la falacia de la afirmación, adjuntamos copia de correo electrónico:

Fecha
A: Ismael Suzarte
DE: Christian Martin, Gerente General Denunciantes.
Donde explícitamente se refieren a los perjuicios generados por impedimento de carga en planta Pureo.

-PUNTO TRES : “No es efectivo que se hayan producido perjuicios a la demandante por supuestos incumplimientos del contrato en la Planta Coronel, ya que, como dije anteriormente, las adquisiciones de combustible por parte de Surenergy, en los volúmenes pactados, se cumplieron desde el inicio del contrato y continuaron cumpliéndose incluso después que Petrans la Planta de Coronel. En el caso de Planta de Pureo, tampoco es efectivo, que se hayan producido perjuicios, ya que las obligaciones correlativas de adquisición de volúmenes pactados y el abastecimiento de éstos, se cumplieron normalmente, hasta mediados del año 2015”.-

Lo anterior, no hace más que reiterar la seriedad y fiel conducta de cumplimiento de las denunciantes, a pesar de los abusos de la denunciada.

Se cumplieron los volúmenes, con mucho esfuerzo financiero y comercial, pero estos con un mucho menor margen por los perjuicios y aumentos de costos.

Por otra parte, la correcta ejecución del contrato, por parte de las denunciantes, no puede ser –en caso alguno– eximente de los abusos y excesos de la denunciada.-

-PUNTO CUATRO, señala: “Durante los primeros años de vigencia del contrato, por lo que recuerdo, no hubo mayores problemas en el pago de las obligaciones. Los atrasos e incumplimientos en los pagos se iniciaron a mediados del año 2015. Producto de estos incumplimientos, Surenergy y Enex  firmaron un “Acuerdo de Pago”

Admite, el testigo de la denunciada, nuevamente la calidad cumplidora  de las denunciantes, antes en los volúmenes y ahora en los pagos.
Que  los problemas se generan, partir de “mediados del 2015”, o sea desde junio del 2015, cuando se produce exactamente el caos de gestión y sistema descrito en denuncia, y la negación de venta por parte de Enex.

iv.-) CRISTIAN FERNANDO DIAZ CASTILLO, Rut. 12.319.466-7, Ingeniero Civil Industrial , chileno, casado, con domicilio en Pasaje República de Honduras N° 12269, Comuna Las Condes, Subgerente Ventas Industriales Enex.-

-AL PUNTO DE PRUEBA N°2, tercer párrafo, “En cuanto a la Planta Pureo, si bien esta Planta está explícitamente puesta en el contrato original, es sabido en la industria que los clientes no tienen permitido el acceso a las planta de combustibles que son administradas por Enex, Copec y Petrobras, esto es el "Convenio" Comap.”

El testigo reconoce la existencia de un "CONVENIO", que es la "barrera de entrada", al mercado de Puerto Montt, desde una "posición dominante", cual es detentar la propiedad de un activo estratégico, a saber, la Planta Pureo de Puerto Montt.

-AL PUNTO DE PRUEBA N°9:” El Contrato establece un monto mensual mínimo del orden de los 1.700 metros cúbicos mensuales, este monto se cumplió durante el desarrollo del contrato hasta julio del año 2015, producto de la deuda que se originó en ese tiempo y hasta ahora, no han vuelto a venderse el volumen que establece el contrato, quedando por lo tanto una obligación contractual de compra de volumen no cumplida por parte de Surenergy.”

En correo ya acompañado en autos de la denuncia, de Gianfranco Vivallo a Christian Martin, de fecha 25 de agosto. Detalla con toda precisión los volúmenes, que evidencian el cumplimiento de compra del volumen mínimo hasta noviembre de 2017.

-AL PUNTO DE PRUEBA N°4, segundo párrafo: ”En este punto es conveniente señalar, que las boletas de garantía, son instrumentos que respaldan la línea de crédito que Enex otorgaba al cliente y no la deuda que quedó en agosto de 2015.”

Debemos indicar que mis representadas sustentan que las boletas garantizaban el Acuerdo de Pago, y el testigo, Subgerente de la denunciada, dice que respaldaban línea de crédito. 

Entonces me pregunto: 

Si el Acuerdo de Pago, pactado y firmado ante notario, acompañado en denuncia, fielmente cancelado, donde en número 3: señala: 
“Las partes comparecientes a este acuerdo declaran expresamente que no existe ninguna otra deuda, por ninguna causa, origen o motivo, de parte de las empresas deudoras para con la empresa acreedora, otorgando en consecuencia, ésta última,  total finiquito al efecto respecto de las empresas deudoras”.- 
(énfasis agregado).- 

¿Por qué Enex envió a cobro las boletas de garantía?

-AL PUNTO DE PRUEBA N°6: “Nuevamente volver a señalar que las boletas de garantía que Surenergy mantenía con Enex, desde el inicio del contrato y que fueron renovadas cada vez que éstas iban a vencer no son para soportar esta deuda, sino que son para respaldar la línea de crédito, que Enex otorgaba a Surenergy”

v.-) GIANFRANCO VIVALLO VERA, rut.15.640.367-9, chileno, soltero, con domicilio en Antilhue N° 25, dpto.425, Comuna de Chihuayante, Región del Bío Bío, Ingeniero Comercial. Jefe de Zona Industrial Enex S.A.-

-AL PUNTO DE PRUEBA N°2: “Por otro lado, el abastecimiento en Planta Pureo, es conocido por la industria del combustible, que solamente las cuatro compañías, en este caso, sería Copec, Enex, Petrobras y Terpel en su momento, por lo tanto ellos debieron estar en conocimiento de esa restricción.-“

Al igual que todos los testigos presentados por la denunciada, reconoce la existencia de un acuerdo que impone barreras de entradas a la zona de Puerto Montt.-

-AL PUNTO DE PRUEBA N°4: Repreguntas 4.-: ”Para que diga el testigo, que sucede cuando la cuenta de este cliente queda con facturas vencidas e impagas”

R: ”Cuando queda la cuenta la cuenta del cliente con facturas vencidas e impagas se bloquea junto con cualquier orden o pedido que el cliente pueda realizar, es decir no se le abastece de combustible hasta que regularice la deuda vencida, cancelando todas las facturas impagas y vencidas”.

Me pregunto, entonces: 
Si el Acuerdo de Pago, de fecha 07 de octubre de 2015, firmado entre las partes, señala en el punto dos: 
“Con el fin de cancelar y novar, las facturas adeudadas y detalladas en anexo I, cada una de las empresas deudoras firmará un pagaré en favor de Enex S.A, quedando en consecuencia todas y cada una de dichas facturas íntegra y totalmente canceladas
permaneciendo exclusivamente las obligaciones derivadas de los pagarés señalados, sus correspondientes acciones” 
(énfasis agregado).- 

¿Por qué entonces se envían a cobro las boletas de garantía?

-AL PUNTO DE PRUEBA N°6 ,

Repregunta 1: ”Para que diga el testigo, si las boletas de garantías otorgadas por Surenergy y sus empresas relacionadas, están destinadas a garantizar este acuerdo de pago,”.-
R: ”No. Las boletas de garantía comienzan a regir cuando parte el contrato en el año 2011, para garantizar la obligaciones de Surenergy, en relación a la línea de crédito. Es decir, no tienen relación con el acuerdo de pago, que ocurrió mucho después”.-

Debemos indicar que mis representadas sustentan que las boletas garantizaban el Acuerdo de Pago, y el testigo, Jefe Zonal de la denunciada dice que respaldaban línea de crédito.

Entonces me pregunto:

Si el Acuerdo de Pago, pactado y firmado ante notario, acompañado en denuncia, fielmente cancelado, donde en número 3: señala: 
“Las partes comparecientes a este acuerdo, declaran expresamente, que no existe ninguna otra deuda, por ninguna causa, origen o motivo, de parte de las empresas deudoras para con la empresa acreedora, otorgando en consecuencia, ésta última, total finiquito al efecto respecto de las empresas deudoras”.- 
(énfasis agregado).- 

¿Por qué Enex, envió a cobro las boletas de garantía de Surenergy?

-AL PUNTO DE PRUEBA N°9: “En el contrato está establecido un volumen de compra mínimo mensual, el cual a partir de agosto de 2015 se comienza a incumplir. El contrato comienza en el año 2011 por siete años, es decir está vigente y este volumen no se ha cumplido entre agosto de 2015 a la fecha”.-

No puedo dejar de comentar, que aquí, el Jefe Zonal Industrial, GIANFRANCO VIVALLO, falta a la verdad, con una desfachatez total, ya que es el mismo, quién con fecha 25 de agosto de 2015, envía correo a mis representadas (acompañado en denuncia), con detalle total de volúmenes de compras y de donde se desprende el cumplimiento total del contrato, al menos hasta noviembre de 2017.

Además, si el indica que el contrato está vigente, 
me pregunto 
¿Por qué Enex envió las boletas a cobro?, 
¿Por qué negó venta?

B.-) Testigos presentados por las demandantes, Surenergy Ltda y otras.-

i.-) DON ISMAEL ALEJANDRO SUZARTE QUIROGA, CÉDULA NACIONAL DE IDENTIDAD N°8.781.639-7.

Como  ex Jefe de Zona, que trabajó para la demandada ratifica en su testimonio la calidad y buena reputación de mis representadas, siempre dando pleno cumplimiento a sus compromisos de pago y volúmenes, que siempre, mis representadas reclamaron por cierre de Planta Oxiquim Coronel y Planta Pureo,  
cito:  “Para que diga el testigo, en qué forma reclamaron y a qué nivel. Responde. 
Reclamaron por escrito y en reunión con el cliente estando presente el gerente Cristian Díaz y el que habla.

Para que diga si frente a este reclamo se le ofreció alguna alternativa viable. 
Responde. 
Se ofrecieron alternativas, pero no eran viables, como señalé anteriormente.”

En su testimonio, confirma,  todos y cada uno los incumplimientos y perjuicios ocasionados por la demandada a la demandante.

SSa, no puedo dejar de resaltar lo indicado en, 
cito prueba testimonial:
Al punto N°2 : 
“… La última alternativa propuesta por la Compañía Enex fue atender los clientes de Surenergy en forma “directa”, lo que significaba prácticamente entregar la cartera de clientes a Enex lo cual era imposible de aceptar

Puedo agregar, que como jefe de zona, mi jefe directo, don Cristian Díaz, dentro de las obligaciones que me encomendaba, estaba el ubicar los clientes de nuestros distribuidores, para atenderlos en forma directa.”

“Repreguntado.”

“Para que aclare el testigo, respecto de lo que ha señalado al final de sus dichos, en orden a que diga si esa orden también fue dada respecto de los clientes de los demandantes. 
Responde. Si.” 
(énfasis agregado)
Aquí, el testigo, entrega la confirmación exacta y precisa de la motivación real de la demandada, sindicando con individualización de nombre y apellido, de quien le diera la instrucción de  eliminar definitivamente del mercado de los combustibles a mis representadas, para ello, la demandada primeramente, incumplió contrato de suministro, no suministró combustible, no novó ni canceló deudas con los pagarés y finalmente como nada resultaba, envió a cobro las boletas de garantía, sin existir deuda por ninguna causa, motivo u origen. Como lo dice el Acuerdo de Pago.

ii.-)   DON CRISTIAN MILTON PEÑA FUENTES, CÉDULA NACIONAL DE IDENTIDAD N°10.633.439-0.

Por 16 años trabajó para la demandada, ejerciendo cargo de Jefe Comercial Zona Sur y Gerente Zona Sur, teniendo bajo su responsabilidad directa la relación comercial, operacional y financiera de la demandada con mis representadas.

En su testimonio, confirma cada uno de los incumplimientos y sus perjuicios, desde el inicio de éstos, hasta el 04 de agosto de 2015, ya que el Sr. Cristián Milton Peña Fuentes, dejó de prestar servicios a la demandada, en junio de 2016.

Demuestra lo inviable de las alternativas propuestas, que la demandada ocultó intencionalmente la posibilidad de abastecimiento en Planta San Vicente, de propiedad compartida de Enex y Copec.

Que mis representadas, siempre hicieron presente y reclamaron por los incumplimientos y perjuicios.

Que las boletas de garantía, caucionaban la línea de crédito y no el contrato.

Que la implementación del nuevo sistema de gestión, generó caos, cito:” Al punto N°5:  Sí, el nuevo sistema de gestión, que en realidad era un up grade a lo existente, generó desde su implementación, graves problemas de facturación y control de las cuentas corrientes de los clientes, ocasionando un desorden, tanto en los sistemas de pagos como también contables, teniendo la demandada, que realizar grandes esfuerzos, para dilucidar las cuentas corrientes reales de los clientes.

Repreguntado.

Para que diga, a partir de qué fecha ocurrió esto.
Responde. 
A partir de mayo del 2015 y se prolongó por más de ocho meses.”

Para que diga, si sabe porque ocurrió este desorden administrativo contable y financiero.
Responde. 
Por la mala implementación del sistema computacional.

Para que diga, en qué forma afectó a las demandantes este problema de mala implementación del sistema computacional.
Responde. 
Existieron facturas mal emitidas en la cuenta corriente, hubo facturas pagadas pero que no se encontraban rebajadas del sistema, la deuda informada por el sistema, era superior a la deuda real.

Para que diga, en qué se tradujo este perjuicio para la demandante específicamente.
Responde: 
Se tradujo en que después de cuatro meses de desorden en la cuenta corriente y con el nivel de facturación diaria, que tenía este cliente Surenergy, el manejo fue incontrolable, por lo que la demandada terminó bloqueando las nuevas ventas al demandante, los primeros días de agosto del 2015.”


iii.-)  Don RICARDO OCTAVIO SUÁREZ MOLINA, Rut. 8.691.796-3

Como distribuidor independiente, que utilizaba la Planta Oxiquim Coronel, ratifica el cierre y los perjuicios causados.

En su calidad de cliente Enap, confirma la imposibilidad de carga de gasolinas en Planta Enap BíoBío, dada como alternativa por la demandada, hecho confirmado anteriormente, por testigos Suzarte Quiroga y Peña Fuentes.

 iv.-) Don ALVARO JAVIER BERNEDO TALADRIZ, Rut 8.289.584-1.-

En su calidad de distribuidor Enex, por más de 20 años, con contrato aún vigente. Confirma el caos sistémico, generado en junio de 2015, los problemas de facturación, impuestos, despachos, bloqueos, etc.

...
..
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Ex ejecutivo de Enex (Shell) de Luksic, confiesa que tenía instrucciones de quitarle los clientes a Surenergy para sacarlos del mercado


Rol E-2076-2016
Primer Juzgado Civil Concepción
Surenergy Ltda con Empresa Nacional de Energía Enex S.A.
Testimonial de la parte demandante
Receptor Claudia Pacheco Flores

EN CONCEPCIÓN, a seis de diciembre de dos mil dieciséis, a la hora decretada en autos, se lleva a efecto la prueba testimonial de la parte demandante con la asistencia de su apoderada doña Jacqueline Quezada Sánchez y del apoderado de la parte demandada don Gastón Barril Molina. 

Comparecen los testigos individualizados en presentación de 15 de noviembre de 2016 que se enunciarán más adelante, los que previamente juramentados e interrogados separada y sucesivamente al tenor del auto de prueba de 06 de septiembre de 2016 y su reposición de 11 de noviembre de 2016 exponen:

1° Don Ismael Alejandro Suzarte Quiroga, cédula nacional de identidad N°8.781.639-7.

Preguntas para tacha.

Para que diga el testigo, si conoce a las partes del juicio, desde cuando y bajo qué circunstancias. 
Responde. Los conozco porque yo trabajé en Enex, IPF Repsol e IPF. Fue jefe de Zona nde esas tres empresas y para ayudar e el tema IPF fue vendida a Terpel donde seguí con mi cargo, después Enex compró Terpel. En esos once años seguí con mi cargo en todas esas empresas independiente de los nuevos dueños. Dejé la empresa hace dos años y medio atrás en el 2014.

Para que diga en que circunstancias dejó la empresa, Responde: Fui desvinculado tras la última fusión, alcance un año a estar trabajando en Enex.

Para que diga si demandó a la empresa Enex tras su despido. Responde: No.

Para que diga cómo conoce a la demandante. Responde: Porque yo los atendía como clientes de Enex.

Para que diga dónde trabaja actualmente. Responde. Soy independiente.

Para que diga si tiene relaciones comerciales con la parte demandante. Responde. No.

Para que diga el testigo, si fue citado judicialmente a declarar mediante notificación judicial. Responde: No.

Para que diga cómo se enteró de la audiencia de testigos de hoy. Responde: Fui contactado por los demandantes.

Para que diga el testigo, a quienes se refiere con los demandantes. Responde. Por la empresa Surenergy, específicamente por don Cristian Martin y Ricardo de Roca.

Para que diga si las personas nombradas le manifestaron el motivo o los antecedentes de la demanda. Responde. Si.

Para que diga si se reunió con ellos o con el abogado de la parte., responde. Si me reuní con don Cristian Martin y con don Ricardo.

Para que diga cuándo.
La parte demandante vine en objetar la pregunta, por cuanto las preguntas formuladas no obedecen a la resolución de una tacha. Por lo tanto solicito sean estas rechazadas o retiradas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 358 del Código de procedimiento Civil.
El Tribunal resolviendo traslado.
La parte demandada contestando el traslado viene en solicitar el rechazo de la objeción planteada, en primer lugar porque no se ha indicado expresamente a qué pregunta de las formuladas se refiere la objeción, por lo que la misma adolece de ser genérica y por ese motivo debería ser rechazada la objeción. En segundo término, si estimamos que se refiere a la última pregunta formulada “para que diga cuándo”, esta pregunta esta relacionada directamente con la anterior, que fue respondida por el testigo y no objetada, y que dice además relación, con la eventual tacha del art. 358 N°6 y 7 del CPC qué es lo que la pregunta busca indagar. Por tanto, en mérito de lo expuesto solicito el rechazo de la objeción planteada.
El Tribunal resolviendo: Atendida la naturaleza de las preguntas para tacha, Ha lugar a la objeción.

Para que diga si tiene relaciones comerciales con Enex. Responde. No.

Para que diga el testigo, si tiene relación de amistad con los representantes legales de la empresa demandante. Responde. No.

Para que diga si tiene relaciones comerciales con los dueños de Surenergy. 
Responde: No.
No se formula tacha.

Al punto N°2: 

No se cumplió por parte de Enex lo pactado. 

La planta de Coronel fue cerrada alrededor del año 2014 que era donde se abastecía este cliente Surenergy. 

Dentro de eso se dio la alternativa de carga en la planta de Enap Bio Bio, alternativa que significaba un perjuicio económico de gran magnitud para Surenergy, dado que planta Enap Bio Bio, no tiene gasolinas (solo tiene Petróleo Diésel), lo que significa que iban a tener que cargar gasolina en la planta Enap Linares, con un costo altísimo, por la distancia de la planta de Linares. 

Dentro de las alternativas, la Compañía Enex sugirió que cargaran en su estación de servicio de Camilo Henríquez, Concepción, lo cual era inviable, dado que por el reglamento de la SEC se prohíbe cargar camiones en estaciones de servicio. 

La última alternativa propuesta por la Compañía Enex fue atender los clientes de Surenergy en forma directa, lo que significaba prácticamente entregar la cartera de clientes a Enex lo cual era imposible de aceptar. 

Puedo agregar que como jefe de zona, mi jefe directo de Enex, don Cristian Díaz, dentro de las obligaciones que me encomendaba, estaba el ubicar los clientes de nuestros distribuidores, para atenderlos en forma directa.

Repreguntado.

Para que aclare el testigo, respecto de lo que ha señalado al final de sus dichos, en orden a que diga si esa orden también fue dada respecto de los clientes de los demandantes. 
Responde. Si.

Para que diga en qué época ocurrió aquello, si lo recuerda. 
Responde: Fue cuando asumí mis nuevas obligaciones cuando Enex tomó a cargo Terpel y fue el término de la fusión y en mis nuevas funciones como jefe de zona, fui a hacerme cargo de los distribuidores, como por ejemplo Surenergy.

Para que diga el testigo, si enterados los demandantes del cierre de la planta Oxiquim de Coronel, reclamaron de esta medida. 
Responde. Si, ellos hicieron ver su inquietud de cómo iban a seguir operando debido al cierre de la planta.

Para que diga el testigo, en qué forma reclamaron y a qué nivel. 
Responde. Reclamaron por escrito y en reunión con el cliente estando presente el gerente Cristian Díaz y el que habla.

Para que diga si frente a este reclamo se le ofreció alguna alternativa viable. 
Responde. Se ofrecieron alternativas, pero no eran viables como señale anteriormente.

Para que diga el testigo, si dentro de la zona de Concepción, la demandada tenía alguna alternativa viable que ofrecer a las demandantes ante el cierre de la planta Oxiquim de Coronel. 
Responde. No, ninguna.

Para que diga el testigo, qué otras personas cargaban en la planta Oxiquim de Coronel. Responde. Clientes de Enap, y de más al sur venía Luis Flores, Suárez, entre los que recuerdo.

Para que diga, si las personas que ha mencionado cargaban por Terpel o por Enap. Responde. Por Terpel.

Para que diga el testigo, si es que lo sabe, si las demandantes tuvieron acceso a la planta Pureo de Puerto Montt para cargar sus camiones. 
Responde. Nunca tuvieron acceso para cargar en Puerto Montt y no solamente ellas sino ninguna otra empresa.

Contrainterrogado.

Para que diga el testigo, si conoce el contrato de suministro firmado entre las partes. Responde. Si, en ese minuto como jefe de zona pasaron por mis manos.

Para que diga el testigo, si conoce el motivo por el cual fue cerrada la planta de Coronel. 
Responde. Si, porque hubieron puntos de mitigación para que autorizaran la compra de Enex a Terpel y dentro de esos puntos estaba deshacerse de la planta de Oxiquim de coronel, Quintero y no recuerdo las otras.

Para que diga el testigo, si el cierre a que se refiere en su respuesta anterior, obedeció a un acto de autoridad para autorizar la compra de la empresa. 
Responde. No lo sé.

Para que diga el testigo, si tiene conocimiento sobre si la demandante conocía las restricciones de entrada de camiones a la planta Pureo de Puerto Montt. 
Responde. No sabían eso.

Para que diga el testigo, cuál es la naturaleza de la planta Pureo en cuanto a las restricciones de entrada a camiones y si eso era conocido de la industria de combustibles, o sea de las empresas que participan de este negocio. 
Responde: No es que sea restrictivo, eso pasa por la administración. 
En el caso Pureo, al igual que en otras plantas, hechas con inversiones conjuntas, eligen un administrador de una de las compañías que invirtieron en esa planta y en este caso, la administración recayó en Copec. 
Copec como administrador, fue el que prohibió la carga a terceros, igual como ocurrió la planta San Vicente, también administrada por Copec.

Para que diga, si los camiones de la demandante cargaron alguna vez combustible en la planta de Pureo. 
Responde. No lo hicieron.

Al punto N°3. 

Hay prejuicios, no los puedo cuantificar, pero ir a  cargar combustibles a distancias más lejanas constituye sin duda un prejuicio económico.

Repreguntado.
Para que diga específicamente en qué consistió el perjuicio para las demandantes a raíz del cierre de la planta Coronel. 
Responde. Netamente un costo de transporte, tener que cargar las gasolinas en Linares implica una distancia de 300 kilómetros, y eso implica un costo enorme, lo que significa al final quedar fuera de mercado.

Para que diga, si la demandada ofreció alguna contraprestación para palear el costo adicional que implicaba este nuevo flete producto del cierre de la planta Coronel. Responde. Nada, ningún tipo de compensación.

Para que diga si lo sabe, cuál es el costo del flete a la planta Linares, por litro de combustible cargado desde Coronel a Linares. 
Responde. Debe bordear los 12 o 13 pesos por litro.

Para que diga si ese costo, tuvo que ser absorbido por las demandantes. 
Responde: Sí, totalmente.

Respecto de la planta Pureo de Puerto Montt, diga si sabe en qué forma se salvó el hecho que no permitieran a las demandantes entrar a carga sus camiones de combustibles a dicha planta. 
Responde. Las demandantes tuvieron que invertir en un terreno cercano a la planta, donde pusieron sus instalaciones de combustibles para que los camiones de la compañía Enex pudieran ser atendidos en ese sitio.

Para que calare o complemente el testigo, si ese flete entre la planta Pureo y la planta de acopio que hubo de construir por las demandantes, era un flete pagado por las demandantes o era de cuenta de Enex o de la demandada. 
Responde, El flete lo paga el cliente, en este caso lo pagaba Surneregy.

Para que diga, si esa planta de acopio de las demandantes, fue construida a costa de las demandantes con sus dineros propios o con dineros provenientes de créditos bancarios. Responde. Fue con dineros provenientes de créditos bancarios.

Para que diga el testigo, cuánto tiempo demoró la construcción de dicho punto de acopio. 
Responde. Dos años.

Para que diga si sabe, en qué forma se cumplió el contrato de suministro durante esos dos años en que no existía el punto de acopio de las demandantes, esto es entre el año 2011 y 2013. 
Responde. No lo se.

Para que diga, si lo sabe, cuánto invirtieron las demandantes en la construcción de ese punto de acopio incluida la compra del terreno. 
Responde. El valor del terreno no lo se, el costo de las instalaciones bordea entre los ochenta y cien millones de pesos.

Para que diga, si lo sabe cual era el costo del flete entre la planta Pureo de Puerto Montt y la planta de acopio de las demandantes por litro de combustible. 
Responde. No lo recuerdo.

Para que diga si sabe la distancia entre la planta Pureo y la Planta de acopio. 
Responde: Esta cerca, 10 kilómetros aproximadamente, para los petroleros eso es cerca pero implica un costo.

Para que diga, si lo sabe cuál es la distancia entre la planta coronel y Linares. Responde: Son 600 kilómetros en total ida y vuelta.

Para que diga si ese costo del flete de coronel a Linares cuyo monto era según dijo de aproximadamente 12 o 13 pesos por litro,  que según señaló era de costo de las demandantes, qué significa para ellas. 
Responde: Derechamente significa subir los precios a los clientes finales y quedar fuera de mercado, lo que implica no ser competitivo.

Contrainterrogado.

Para que diga el testigo, si la planta de acopio que construyó la demandante, pasó a formar parte de su activo. 
Responde. Si. A estas alturas debe ser de ellos, luego del pago del crédito.

Para que diga si tiene conocimiento, de si la planta de acopio es explotada como servicentro. Responde. No lo recuerdo.

Para que diga, si tiene conocimiento de si la planta de acopio, es explotada mediante arriendo a tercero. 
Responde: no lo sé.

Para que diga, si tiene conocimiento en dónde se encuentra el punto donde las demandantes operan sus camiones. 
Responde. En Pureo es en el sito de ellos. En Concepción ahora es en Palomares, antes cuando tenían una planta pequeña en Coronel que se las pasaba Enex era ahí y después se las quitó luego del cierre de la planta de Coronel.

Para que diga el testigo, aclarando sus dichos, en relación a que la demandante quedaba fuera del mercado, si las demandantes actualmente siguen operando en el mercado de combustible o han cerrado sus actividades. 
Responde. Siguen funcionando.

Al punto N°4:  

La demandante siempre cumplió su obligación de pago. Esto lo se, porque era jefe de zona y eso estaba bajo mi responsabilidad.

Repreguntado.

Para que diga si en alguna oportunidad mientras estuvo en la empresa, hasta el año 2014, las demandantes se retrasaron en el pago de una factura siquiera. 
Responde. No.

Para que diga el testigo, si durante la administración de Enex o cuando Enex se hizo cargo de Petróleos Transandinos también denominada Las Terpel, hubo en alguna oportunidad estando el testigo de jefe de zona que lo fue hasta el año 2014, algún atraso o petición de postergación de algún pago por parte de las demandantes. 
Responde. No.

Para que diga, cuánto era el monto de la línea de crédito que tenía asignado el grupo conformado por las tres demandantes por parte de la demandada. 
Responde: Como novecientos millones de pesos.

Para que diga el testigo, si durante el periodo en que el testigo estuvo de jefe de zona, las demandantes ocuparon las líneas por sobre el monto establecido. 
Responde. No, y no se podía.

Para que diga en qué forma se garantizaba esa línea de crédito por las demandantes. Responde. Boleta de garantía bancaria.
Para que diga si alguna vez durante el periodo de jefe de zona del testigo, fue necesario hacer efectiva alguna boleta de garantía entregada por las demandantes. 
Responde. Nunca.

Contrainterrogado.

Para que diga, si tiene conocimiento si en algún momento hubo que hacer un acuerdo de Pago entre las partes, en que se establecieran los montos adeudados y la forma de pago. 
Responde. No tengo conocimiento.

Para que diga el testigo, si las boletas de garantía a que hizo referencia, debían ser renovadas y en qué periodos. 
Responde. Si, debían renovarse anualmente.

2° Don Cristian Milton Peña Fuentes, cédula nacional de identidad N°10.633.439-0.

Preguntas para tacha.

Para que diga el testigo, si trabajó en Enex desde cuando y hasta cuando y en su caso en que circunstancias salió de la empresa. Responde. Si trabajé en Enex, mi contrato comenzó en septiembre del año 2000 y se prolongó hasta junio del presente. Fui desvinculado por necesidades de la empresa. Mi último cargo era de jefe comercial.
Para que diga el testigo, si demandó a la empresa Enex a raíz de su despido. 
Responde. No.

Para que diga el testigo, si en su calidad de jefe comercial de la empresa, ayudó a la preparación de la defensa de la empresa demandada en esta causa. 
Responde: Yo hice algunos aportes de información como la búsqueda de algunos correos y e mails que solo re transmití a mi jefatura pero no participe en ninguna reunión.

Para que diga el testigo, si fue citado judicialmente por receptor judicial para comparecer a esta audiencia. 
Responde. No.

Para que diga cómo tomó conocimiento de esta audiencia. 
Responde. A través de un llamado telefónico de don Cristian Martin que me indicó que debía presentarme este día y hora acá.

Para que diga el testigo, si participo en reuniones con los representantes legales de la demandante, antes de esta audiencia. 
Responde. No, nunca.

Para que diga el testigo, a que se dedica el día de hoy. 
Responde: Tengo un contrato de trabajo con Compañía de Combustibles Cabal.

Para que diga, si dicha empresa mantiene relaciones comerciales con alguna de las partes de este juicio. 
Responde: Yo entiendo que Cabal tiene relación con Surenergy, pero no me toca a mí atenderlos, yo no veo absolutamente nada de aquello.

Para que diga si tiene alguna relación de amistad con los representantes legales de la demandante. 
Responde. No. No conozco a sus familias ni siquiera donde viven.
No se formula tacha.

Al punto N°2: 

Desde el punto de vista del demandante Surenergy, se cumplieron todas las obligaciones, entendiéndose volúmenes comprometidos, y principalmente los pagos. 

En resumen, el demandante cumplió a cabalidad lo indicado en el contrato. Desde el punto de vista de la demandada, el contrato hacía mención a que las entregas de combustible eran en la planta de Coronel y Pureo en Puerto Montt. Planta de Coronel dejó de funcionar al momento de la fusión de Enex con Terpel y no se siguió entregando combustible en esa planta. Respecto de la planta de Puerto Montt, Surenergy nunca pudo cargar combustible en esa planta. Esto me consta porque en mi calidad de jefe comercial de Enex esta información yo la manejaba de manera diaria y obviamente me tocó a mi re direccionar los consumos dado que al no poder cargar en Coronel, hubo que habilitarlos para que fueran a cargar a Linares y en tanto en Puerto Montt, la Compañía le hacia el despacho a instalaciones, que Surenergy construyó.

Repreguntado.

Para que diga el testigo, cuando se produjo el cierre de la planta de Coronel, la demandada Enex para quien usted trabajaba en ese momento según ha referido, ofreció alguna otra alternativa en remplazo de la planta de Coronel que se cerraba. 
Responde. Sí, las alternativas fueron que Surenergy cargara directamente con sus camiones en planta de Linares. 

Otra alternativa fue que Enex abasteciera directamente la estación de servicio propiedad de Surenergy ubicada en la calle Camilo Henríquez de Concepción y la última alternativa fue que pudiera cargar solamente petróleo diesel en las mesas de carga de Enap Bío Bio.

Para que diga el testigo, porque las demandantes no aceptaron las dos últimas alternativas. 
Responde. Camilo Henríquez es una estación de servicio, por lo que por su tamaño y capacidad de estanques esta habilitada para el Retail de vehículos menores y no tiene autorización de SEC para carga de camiones de mayor volumen. 

Respecto de Enap Bio Bio era una alternativa que restringe las operaciones comerciales del demandante por el hecho que no tiene alternativa para cargar gasolinas, no pudiendo realizar combinaciones de producto para un despacho.

Para que diga, si los demandantes reclamaron de este cierre de la planta oxiquim de Coronel. 
Responde: Si, Surenergy y Enex mantuvieron reuniones personales y cuyos acuerdos quedaron registrados en papel porque claramente las alternativas de carguío en linares resultaba de un mayor costo, que lo que se venía trabajando en Coronel, costo que fue asumido por Surenergy.

Para que diga si la demandada ofreció o entregó derechamente algún incentivo para palear ese mayor costo que tuvo que asumir la parte demandante. 
Responde. No, no hubo ningún incentivo adicional.

Para que diga, si en la zona de Concepción aparte de Oxiquim, la demandada tiene otro punto de acopio. 
Responde. Si, la demandada Enex cuenta con planta San Vicente.

Para que diga a que distancia se encuentra la planta Oxiquim de la planta San Vicente. Responde. Unos veinticinco kilómetros.

Para que diga qué distancia existe entre Coronel y la planta Linares. 
Responde: Aproximadamente deben haber unos ciento setenta kilómetros el tramo. Ida y vuelta es el doble.

Para que diga si sabe cual es el valor del flete entre Linares y Coronel por litro de combustible. 
Responde. Valor referencial es de unos diez pesos más iva por litro transportado.

Para que diga si los demandantes pudieron entrar a cargar a la planta Pureo de puerto Montt alguna vez. 
Responde. No, nunca.

Para que diga, en que forma las demandantes salvaron el problema de no poder cargar en la planta Pureo de Puerto Montt. 
Responde: Surenergy compró un terreno y construyó un punto de almacenamiento de combustible, con todas las normas de seguridad que la ley establece.

Para que diga, si sabe en qué forma financió la demandante la compra de este terreno y la construcción del punto de acopio. 
Responde. No lo se.

Para que diga si sabe aproximadamente cuanto cuesta la construcción de un punto de acopio como el que hizo Surenergy. 
Responde. Sumando el valor del terreno y la construcción del punto aproximadamente deben ser unos cuatrocientos cincuenta millones de pesos.

Para que diga cuánto demoró Surenergy para tener el punto de venta disponible y acondicionado para recibir combustible. 
Responde: Un poco más de un año.

Para que diga el testigo, en qué forma salvó Surenergy la compra de combustible mientras se construía este punto de acopio. 
Responde: Surenergy abasteció a sus clientes de esa zona, trasladando productos desde planta linares.

Una vez que estuvo recepcionado y acondicionado el punto de acopio en que forma suministraba el combustible la demandada al punto de acopio. 
Responde. Enex traslada sus combustibles a través de una flota de camiones tercerizada

Para que distancia existe aproximadamente entre la planta Puero y el punto de acopio construido por los demandantes, 
Responde: Aproximadamente unos treinta kilómetros.

Para que diga, quién pagaba el flete desde la planta Pureo hasta el punto de acopio construido por lo demandante. 
Responde. El flete lo pagaba Surenergy como lo pagan todos los clientes.

Para que diga, en qué lugar mantenía su casa matriz Surenergy. 
Responde. Aquí en Concepción, en calle camilo Henríquez frente al terminal Tur Bus.

Para que diga si en algún momento mantuvo su casa matriz en la comuna de Coronel. Responde. Si, en lo que se denominaba Planta Chica de Terpel y que con el cambio a Enex pasó a propiedad de esta última Compañía. Esta planta estaba entregada en arriendo a Surenergy.

Para que diga si recuerda desde cuando y hasta cuándo estuvo entregada en arriendo a Surenergy. 
Responde. La fecha exacta no, pero Surenergy mantuvo esa planta por más de cinco años hasta enero del 2016.

Para que diga el testigo, si a raíz de no poder ingresar los camiones de la demandante a la planta Pureo de puerto Montt, le entregó la demandada algún beneficio o incentivo para compensar los mayores costos por flete y por gastos operacionales en que hubo de incurrir en la nueva planta de acopio, además de los gastos que esta construcción que esta implicó. 
Responde. No hubo beneficios.

Contrainterrogado

Para que diga el testigo, si tiene conocimiento del porqué debió cerrase la planta Coronel y la fecha. 
Responde. La planta Coronel debió cerrase por un mandato de la Fiscalía Nacional Económica para aprobar la compra de Terpel por cuenta de Enex. No recuerdo la fecha exacta, pero debe haber sido a fines del 2013.

Para que diga si se dio aviso a la demandante. Responde. Si.

Para que diga el testigo, respecto a la planta de Puerto Montt, si alguna otra empresa aparte de la demandante podía cargar combustible en dicha planta. 
Responde. No, ninguna empresa podía cargar combustible, solo lo hacen camiones de las tres grandes compañías Copec, Enex y Petrobras.

Para que diga quien administra dicha planta hasta el día de hoy. 
Responde. Copec.

Para que diga, si tiene conocimiento si la planta de acopio de propiedad de la demandante en Puerto Montt, es explotada como servicentro o de alguna otra forma. Responde. Actualmente existe una estación de servicio pero que no la explota Surenergy, entiendo que es arrendada a un tercero.

Para que diga, si tiene conocimiento que la planta de acopio mencionada pasó a ser parte del activo fijo de la empresa demandante. 
Responde. Si, yo entiendo que sí.

Para que diga el testigo, si conoce el contenido del contrato de suministro suscrito entre las partes. 
Responde. Si lo conozco.

Para que diga, cuál es el mecanismo previsto en el contrato para dar solución a los posibles impases o problemas que ocurran respecto del cumplimiento de las obligaciones recíprocas de las partes durante su vigencia. 
Responde. Yo conozco el contrato desde el punto de vista comercial que rige la relación de ambas partes, pero desconozco las clausulas que hablan de la solución de conflictos.

Para que diga si las restricciones de ingreso a la planta Pureo eran conocidas de la demandante desde el inicio de la ejecución del contrato. 
Responde. No, no eran conocidas, de hecho el mismo contrato establece como punto de carga planta Pureo de Puerto Montt.

Para que diga, cuántos puntos de retiro de combustible se establecieron en el contrato. Responde. Tres puntos de retiro, planta Linares, planta Coronel y planta Pureo de Puerto Montt.

Para que diga, según el contrato de qué parte era la elección de la planta desde la cual se haría el retiro de combustible. 
Responde. Según el contrato estaban las tres plantas operativas comercialmente para realizar retiros. La decisión de dónde retirar era tomada por Surenergy, de acuerdo a puntos de conveniencia.

Al punto N°3: 

Los perjuicios de las demandantes están relacionados al mayor costo logístico que debieron asumir por el cierre de la planta Coronel y por no poder ingresar a planta Pureo de Puerto Montt. En lo demás me remito a lo ya declarado en el punto anterior.

Al punto N°4: 

Si las demandantes cumplieron absolutamente con la obligación de pago. Esto me consta porque yo veía la cuenta corriente de ellos a diario y para autorizar nuevos despachos no podían existir facturas vencidas, por tanto la deuda siempre se mantenía vigente.

Para que diga, cuál era el monto de la línea de crédito que tenían asignado en conjunto el grupo de las empresas Surenergy, Dinacom y Multimport. 
Responde. Poco más de novecientos millones de pesos.

Para que diga si en algún momento mientras trabajó para la demandada y para la antecesora de esta, las demandantes sobrepasaron dicha línea de crédito en deuda. Responde. No, no la sobrepasaron. Cada vez que necesitaba un aumento de línea de crédito por aumento de consumos de combustibles se negociaba una boleta de garantía.

Para que diga cómo se garantizaba esta línea de crédito. Responde. Se garantizaba por dos aspectos. Uno eran las boletas de garantía y lo otro el muy buen comportamiento comercial de la demandante. La demandante en boletas de garantía tenía respaldado poco más de quinientos cincuenta millones y la línea de crédito total era poco más de novecientos millones.

Contrainterrogado

Para que diga, si tiene conocimiento si en algún momento hubo que hacer un acuerdo de pago entre las partes, en que se establecieran los montos adeudados y la forma de pago. 
Responde. Sí, tengo conocimiento del acuerdo de pago entre las partes.

Para que diga el testigo, si las boletas de garantía a que hizo referencia, debían ser renovadas y en qué periodos. 
Responde. Las boletas de garantía eran renovadas cada un año para respaldar la línea de crédito.

Al punto N°5: 

Sí, el nuevo sistema de gestión, que en realidad era un up grade lo existente, generó desde su implementación graves problemas de facturación y control de las cuentas corrientes de los clientes, ocasionando un desorden tanto en los sistemas de pagos como también contables, teniendo la demandada que realizar grandes esfuerzos para dilucidar las cuentas corrientes reales de los clientes.

Repreguntado.

Para que diga, a partir de qué fecha ocurrió esto. 
Responde. A partir de mayo del 2015 y se prolongó por más de ocho meses.

Para que diga si sabe porque ocurrió este desorden administrativo contable y financiero. 
Responde. Por la mala implementación del sistema computacional.

Para que diga, en qué forma afectó a las demandantes este problema de mala implementación del sistema computacional. 
Responde. Existieron facturas mal emitidas en la cuenta corriente, hubo facturas pagadas pero que no se encontraban rebajadas del sistema, la deuda informada por el sistema era superior a la deuda real.

Para que diga, en qué se tradujo este perjuicio para la demandante específicamente. Responde: Se tradujo en que después de cuatro meses de desorden en la cuenta corriente y con el nivel de facturación diaria que tenía este cliente el manejo fue incontrolable, por lo que la demandada terminó bloqueando las nuevas ventas al demandante los primeros días de agosto del 2015.

Para que diga el testigo, cuanto duró este no suministro de combustible. Responde. La cuenta se bloqueo en agosto de 2015 y permaneció bloqueada de manera indefinida. No se le vendió desde esa fecha nunca mas ni un litro.

Para que diga el testigo, si sabe, el monto de los perjuicios que esto significó para las demandantes. 
Responde. Lo desconozco.

Para que diga, cuál era el volumen de compras mensuales de las demandantes a la demandada. 
Responde. Las compras mensuales superaban los dos mil metros cúbicos.

Para que diga el testigo, si es factible encontrar una compañía que suministre dos mil metros cúbicos de combustible de un día para otro. 
Responde. No es factible.

Para que diga el testigo, qué consecuencias acarreó este problema de la implementación, en la relación de la demandante con la demandada y cómo lo solucionaron. 
Responde. El demandante se vio en la necesidad de negociar de manera rápida un nuevo proveedor de combustible, generando hacia la demandada un cese en los pagos de la facturación diaria y resultado de esto, hubo que generar un acuerdo de pagos entre Enex y Surenergy por una suma que superó los ochocientos millones.

Para que diga el testigo, si sabe en qué fecha aproximada lograron conciliar la demandante con la demandada la real deuda que tenía la demandante con la demandada distorsionada por el problema de la implementación del nuevo sistema- Responde. Aproximadamente en el mes de octubre del 2015, después de dos meses del cese de las compras se pudo establecer bien el real nivel de deuda que existía y esto se refrendó a través de un pagaré.

Para que diga si la demandada hubo de emitir notas de crédito. 
Responde: Si, hubo que emitir notas de crédito como corrección a facturas mal emitidas en cobros en exceso, en problemas de cálculo de impuesto, Iva e impuesto específico que estaban mal cobrados.

Para que diga cuál era la deuda real de las demandantes como resultado de la conciliación. 
Responde. Poco más de ochocientos millones.

Para que si la demandante nunca copó su línea de crédito cuando fue bloqueada en los suministros. 
Responde. Efectivamente.

Para que diga, en cuánto tiempo las demandantes pagaron la deuda que resultó de la conciliación que se plasmó en el acuerdo de pago. 
Responde. Aproximadamente en tres meses.

Contrainterrogado.

Para que diga el testigo, si los problemas con la implementación del sistema computacional lo fueron únicamente con la parte demandante o si afectó a otros clientes de Enex. 
Responde. Afectó a la cartera completa de Enex.

Para que diga, si tiene conocimiento de si alguna de esas empresas de la cartera, ha demandado a Enex por esos hechos. 
Responde: No tengo conocimiento de otras demandas.

Para que diga porque montos fueron emitidas las notas de crédito a que hizo referencia. 
Responde. No lo recuerdo. Si puedo aclarar, que se emitían notas de crédito por cada factura mal emitida, por lo que eran muchas.

Para que diga el testigo, si tiene conocimiento de si las empresas demandantes han caído en proceso de liquidación voluntaria o forzosa. 
Responde. No tengo conocimiento.

Para que diga el testigo, si tiene conocimiento de si las empresas demandantes han seguido funcionando en su rubro hasta el día de hoy. 
Responde: Si, sigue funcionando en su rubro hasta el día de hoy.

Al punto N°8: 

El acuerdo de pago suscrito se cumplió a cabalidad por Surenergy, pagando todos los compromisos. Posterior a esto una vez que ya estaba toda la deuda pagada Enex deposita en el banco las boletas de garantía que estaban en su poder, por un monto total de mas de quinientos cincuenta millones de pesos. Me imagino que este hecho del cobro de boletas de garantía por deuda inexistente hasta el día de hoy le ocasiona problemas a Surenergy principalmente financieros porque debe estar copado en la banca y no tienen acceso al crédito que es muy necesario para este negocio.

Contrainterrogado

Para que diga, si esas boletas a que hace referencia estaban por vencer y debían ser renovadas. 
Responde. Algunas de las boletas efectivamente estaban por vencer y Surenergy las renovó.

Para que diga el testigo, si tiene conocimiento de si esas boletas fueron efectivamente cobradas por Enex o si se encuentran retenidas. 
Responde. La información que yo tengo es que la primera de las boletas cobradas fue pagada a Enex y era del orden de los cien millones de pesos. Las boletas restantes enviadas por Enex a cobro se encuentran retenidas.

Al punto N°9. 

Si, el volumen estipulado en el contrato fue cumplido por las demandantes todo el tiempo que duró la relación comercial.

Repreguntado.

Para que diga el testigo, si los volúmenes adquiridos cubren el contrato por lo menos hasta el mes de octubre del año 2017. 
Responde. El cliente durante todos los meses de relación comercial compraba mayor volumen que el establecido en el contrato y hasta la fecha de mi desvinculación en junio del 2016 el contrato estaba absolutamente cumplido en cuanto a volumen.

Para que diga, si recuerda el volumen total de compra en litros hasta el último día de compra. 
Responde: El grupo Surenergy mantenía compras mensuales del orden de los 2300 metro cúbicos contra un contrato de 1700 metros cúbicos.

A los demás puntos no se presenta.
Con lo que se puso término a la audiencia firmando los testigos previa lectura y ratificación de sus dichos, junto con Ssa., las partes y ministro de fe que autoriza.